La Bandera de la Nación Ranquel

La Bandera de la Nación Ranquel: Compuesta por tres franjas de colores, la franja azul simboliza cielo, la franja verde simboliza naturaleza; la franja roja simboliza la sangre Ranquel que se derramó en la “Campaña del Desierto”. La guarda pampa es un detalle estético representativo de esta cultura.

Aparece un KUL – TRUM (instrumento sagrado de percusión), que contiene dos líneas cruzadas indicando los cuatro puntos cardinales y terminan figurando patas de avestruz. En los espacios definidos por estas líneas se encuentra una estrella y la luna en referencia a la naturaleza; unas boleadoras en referencia a la guerra; un zorro en referencia a la dinastía.

Finalmente la figura de PANGHITRUZ GUOR o Zorro Cazador de Leones, más conocido como Mariano Rosas.

viernes, 16 de diciembre de 2011

Prórroga de la ley 26.160 de relevamiento de los territorios indígenas

Se prorrogaron hasta el 2.013 los plazos dispuestos por la ley 26.160

La normativa establece la Emergencia y el Relevamiento de los territorios habitados por los pueblos indígenas. El 18 de noviembre pasado, el Congreso de la Nación sancionó la Ley 26.554, mediante la cual se prorrogan los plazos de la Emergencia y Relevamiento dispuestos por la Ley 26.160 hasta el 23 de noviembre de 2013. andhes celebra la decisión y espera que el Estado provincial efectivice todas las medidas necesarias para garantizar su vigencia.

El Congreso Nacional adoptó una medida esperada por los pueblos indígenas. El pasado 18 de noviembre aprobó la Ley 26.554, que establece la prórroga -hasta el 23 de noviembre del 2013- de los plazos de Emergencia y Relevamiento dispuestos por la ley 26.160.

Esta normativa dispone declarar la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades originarias del país, suspendiendo por el plazo de la emergencia declarada, la ejecución de sentencias, actos procesales o administrativos cuyo objeto sea el desalojo o desocupación de las tierras.

Esperamos que el Estado provincial arbitre todas las medidas necesarias para garantizar la efectiva aplicación de la ley 26160. En este sentido, exigimos la suspensión inmediata de todas las órdenes de desalojos de las comunidades indígenas, hasta tanto se complete el relevamiento territorial y se dilucide quiénes son los verdaderos propietarios de esas tierras ancestrales.

Ley 26160 - Comunidades Indígenas

Declárase la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades indígenas originarias del país, cuya personería jurídica haya sido inscripta en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas u organismo provincial competente o aquéllas preexistentes.
Sancionada: Noviembre 1 de 2006
Promulgada: Noviembre 23 de 2006
El Senado y Cámara de Diputados
de la Nación Argentina
reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de
Ley
ARTICULO 1º — Declárase la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades indígenas originarias del país, cuya personería jurídica haya sido inscripta en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas u organismo provincial competente o aquellas preexistentes, por el término de 4 (CUATRO) años.
ARTICULO 2º — Suspéndase por el plazo de la emergencia declarada, la ejecución de sentencias, actos procesales o administrativos, cuyo objeto sea el desalojo o desocupación de las tierras contempladas en el artículo 1º.
La posesión debe ser actual, tradicional, pública y encontrarse fehacientemente acreditada.
ARTICULO 3º — Durante los 3 (TRES) primeros años, contados a partir de la vigencia de esta ley, el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas deberá realizar el relevamiento técnico —jurídico— catastral de la situación dominial de las tierras ocupadas por las comunidades indígenas y promoverá las acciones que fueren menester con el Consejo de Participación Indígena, los Institutos Aborígenes Provinciales, Universidades Nacionales, Entidades Nacionales, Provinciales y Municipales, Organizaciones Indígenas y Organizaciones no Gubernamentales.
ARTICULO 4º — Créase un Fondo Especial para la asistencia de las comunidades indígenas, por un monto de $ 30.000.000 (PESOS TREINTA MILLONES), que se asignarán en 3 (TRES) ejercicios presupuestarios consecutivos de $ 10.000.000 (PESOS DIEZ MILLONES).
Dicho fondo podrá ser destinado a afrontar los gastos que demanden:
a) El relevamiento técnico —jurídico— catastral de las tierras que en forma tradicional, actual y pública ocupan las comunidades indígenas.
b) Las labores profesionales en causas judiciales y extrajudiciales.
c) Los programas de regularización dominial.
ARTICULO 5º — El Fondo creado por el artículo 4º, será asignado al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI).
ARTICULO 6º — Esta ley es de orden público.
ARTICULO 7º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN
LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, AL PRIMER DIA DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SEIS
— REGISTRADA BAJO EL Nº 26.160 —
ALBERTO E. BALESTRINI. — JOSE J. B. PAMPURO. — Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada.

miércoles, 7 de diciembre de 2011

PLANTAS MEDICINALES AUTÓCTONAS DE LA PROVINCIA LA PAMPA

Catálogo realizado por Horacio F. Camerlingo

1) Carqueja: digestiva, hepático, colagogo, diurético, antiséptico, antirreumático y dermatológica.

2) Malva Común: expectorante, desinflamatorio, refrescante.

3) Poleo: taquicardia, trastornos gastrointestinales.

4) Perlilla: diurético y astringent.e

5) Te pampa: digestivo anti espasmódico.

6) Pata de Loro: antidiarreico, astringente, anti inflamatorio y anti odontágico.

7) Sauco: digestivo diurético, (diaforético).

8) Algarrobo: astringente, oftalmológico, vías respiratorias.

9) Alpataco: antinflamatorio.

10) Papa de Monte: cicatrizante y hemostático.

11) Tamariscos: astringente, antidiarreico y diurético.

12) Árnica: digestivo, aromatizante (diafóretico).

13) Verdolaga: diurético

14) Llantén: anti inflamatorio

15) Palán Palán: antirreumático anti hemorroidal, alivia el dolor de cabeza, cicatrización de heridas, úlceras, uso veterinario (saca espinas), contiene anabasine; mal empleada puede ser tóxica.

16) Cola de Zorro: anti varicoso

17) Te de Burro: antiespasmódico, alivia trastornos gastrointestinales.

18) Chañar: emoliente (diluye las grasas), antiasmático.

19) Melosa o Quilcha Amarilla: antiveneno, febrífugo y antirreumático.

20) Cuscuta: purgante, antiparasitario - antihelmíntico.

21) Paico: digestivo, estimulante, antiparasitario - vermífugo, alivia el empacho, estimula el apetito, (diaforético).

22) Roseta: antiblenorrágico, diurético y (diaforético).

23) Piquillín: laxante.

24) Pichana: repelente de insectos.

25) Chilca: antirreumático, anti inflamatorio, anti tumoral y anti sifilítico.

26) Pájaro Bobo: balsámico, hipo colesterolemiante.

27) Zampa: astringente, digestivo, anti equimótico (previene moretones) , desinflamante.

28) Atamisque: antirreumático, digestivo y antiácido.

29) Cardo Santo: digestivo, calmante e hipnótico.

30) Cedrón del monte : cardiotónico, sedante, carminativo, antiespasmódico, diaforético, digestivo, usado para la gripe, (contiene cineol, eucaliptol y vainillina).

31) Molle: edulcorante, diurético y digestivo.

32) Jume: preparación de lejía para lavar.

33) Solupe: contra afecciones urinarias, diurético anti blenorrágico.

34) Amor Seco: anti reumático.

35) Yerba de la Oveja: diaforético, depurativo y astringente.

36) Aromo o Espinillo o Algarrobillo: astringente, antiséptico para la garganta, antiasmático, béquico.

37) Revienta caballo: resolutivo, analgésico, anti inflamatorio hepático, diurético y estornatatorio.; sustituto del jabón.

38) Sombra de toro: antidiarreico, anti inflamatorio, anti venéreo, cordial y béquico

39) Chañar Brea: pectoral, anticoqueluche.

40) Retortuño o Pata de Loro: antidiarreico, astringente, anti inflamatorio y odontálgico; contiene saponinas.

41) Ala de loro: hepático y masticatorio.

42) Margarita Punzó: antiespasmódico.

43) Aguaribay: purgante, emenagogo, antiblenorrágico, para curar úlceras y heridas.

44) Cola de Quirquincho o Pilliján: afrodisíaco, antialopécico.

45) Carrizo o Cortadera: contiene ácido cianhídrico, se usa en afecciones renales, y hepaticas; tónico capilar.

46) Tomillo: se usa en afecciones gastrointestinales, tiene alto contenido de timol; el aceite esencial es antiséptico y bactericida; en inhalaciones tiene efecto expectorante; tiene también propiedades tonificantes, estimulantes del apetito, espasmolíticas, antisépticas y antifúngicas; potencia el sistema defensivo del organismo; actúa en las infecciones de orina y en la enuresis nocturna de los niños; se utiliza en hemorroides; energiza, estimula y purifica;

suele usárselo en ronquera, tos, gripes y resfríos, sinusitis.

47) Cola de Caballo o Yerba del Platero: hepático, se usa para afecciones renales y esplénicas, anti rreumática, anti hemorrágica y diurética; en tallos y ramas alto contenido de sílice característica ideal para pulir y limpiar metales.

48) Sauce criollo: analgésico, baja la fiebre, antigripal, astringente; tónico cardiovascular y antirreumátaico; contiene salicina, de este árbol se obtiene el ácido acetilsalicílico que integra la aspirina.

49) Líquen: protector sobre los rayos ultravioletas A y B, antibiótico, cicatrizante de heridas de la piel, afecciones de la garganta, lavado de úlceras, tratamiento de anémias, (ácido úsnico, actividad inhibitoria del desarrollo de células tumorales malignas, y acción sobre los procesos de activación de algunos tipos de virus).

50) Diente de león: tónico, digestivo, ligeramente laxante, diurético, depurativo, desintoxicante, anti inflamatorio, hepático, para problemas de colesterol, vesícula y riñón.

51) Yerba amarilla: antiinflamatorio.

52) Caapiquí: sedante, expectorante y antiescorbútico

53) Malvarrubia: desinflamante y fiebrífugo (principio activo marrubina).

54) Ortiga: es astringente, diurético y colagogo.

55) Rama Negra: anti ulceroso, pectoral, béquico y resolutivo.

56) Palo Azul: diurético y utilizado contra afecciones renales.

57) Fique: digestivo, emenagogo, estimulante, vermífugo y alexitérico, aplicada

en miasis de animales.

58) Botón de Oro: antineurálgico, anti migrañoso, anti alopécico, anti seborreico.

59) Topasaire: antineurálgico, anti migrañoso, anti alopécico, anti seborreico.

60) Matapulgas: depurativo y adelgazante, se lo utiliza como insecticida.

61) Arenaria Roja: es diurético y digestivo.

62) Jumecito: con sus cenizas se produce jabón.

63) Vidriera: se produce lejía para lavar.

64) Tramontana: depurativo de la sangre, antivenéreo,

propiedades farmacéuticas (contiene efedrina), se usa para el reumatismo y el lumbago.

65) Pezuña de Vaca: anti diabética.

66) Barba de Chivo: analgésico, desinfectante, desinflamante, se usa en picaduras de insectos (semillas tóxicas).

67) Chañar: se usa contra la tos convulsa, es emoliente y béquico.

68) Sen de campo: digestivo, hepático, drástico, purgante y emoliente.

69) Malvisco: antinflamatorio, emoliente.

70) Cuernos del Diablo: emoliente y resolutivo.

71) Albaricoque: catártico, depurativo, laxante.

72) Mburucuya: sedante y endulzante.

73) Paja amarga: alto contenido en taninos, tónico.

74) Quelén: antidiarreico y digestivo.

75) Culantrillo: mucolítico, béquico y pectoral.

76) Barba de viejo: ubefasciente, caústico y dermático, usado en picaduras de arañas y víboras, en lepra, sarna y para la miasis de los animales.

77) Brusquilla: se utiliza como febrífugo y dermático.

78) Cadillo: es cicatrizante, astringente y diurético.

79) Matasebo: para afecciones hepáticas.

80) Camambu: es diurético, digestivo, y de uso dermatológico.

81) Retamo: activante de la circulación; cabe destacar que también es utilizado industrialmente para base de adhesivos, aislantes, barnices, cosméticos, betunes, tintas, velas, lápices dermográficos, lustres para pisos, cueros y metales.

82) Jarilla Macho: se utiliza como antioxidante, desodorante pédico, anti inflamatorio, en casos de tuberculosis, de reumatismo, para la ciática, artritis y luxaciones, (rubefasciente).

83) Jarilla Hembra: se utiliza como antioxidante, depurativo, para luxaciones, inflamaciones, gota, ciática y artritis (rubefasciente).

+ se recomienda el asesoramiento de conocedores de la medicina natural para el uso de este tipo de plantas.